LA LEY CON ARTE ENTRA
Poco más de años ha cumplido el joven Ministerio de Cultura y, sin duda, entre sus principales tareas estuvo replantear la actual ley del artista, un proyecto que se abrió a la sociedad en pleno, socializándolo para así buscar ser consensuado por todo el sector artístico. ¿El resultado? Más de 10 mil sugerencias recibidas que ahora deben evaluarse. Y sí, ya la ley anterior contemplaba a los taurinos como artistas por si no lo sabías, pero ese es otro tema.
Escribe: La Shaparrita
¿Se puede satisfacer a todos, contentar a todos por igual? Tal vez ni Sasha Grey haya tenido tamaña suerte. Pero si justamente una experta en el arte de la complacencia no lo ha logrado, ¿cómo, entonces, una entidad política que existe dentro de una sociedad demandante y exigente como la nuestra podría hacerlo? Compleja tarea, qué duda cabe. Pero más que loable que justamente un ministerio, con su inmensidad orgánica, decida ponerse tan alta valla para mejorar una ley existente (la ley N°28131, Ley del Artista) y mejorarla, justamente, desde el diálogo y la escucha con sus involucrados.
“Podríamos pasarnos un año tratando de hacer la ley perfecta. Pero el objetivo acá era poder atender las preocupaciones y los derechos de los artistas en lo que a lo patrimonial, moral, seguridad social y acceso a lo docencia se refiere. Queremos generar mejoras”, nos dice Mariela Noriega, directora de la Dirección de Artes y Acceso a la Cultura del Ministerio de Cultura, con quien conversamos.
Así, gracias a la comisión creada por la ex ministra Susana Baca, conformada por Enrique Victoria, Kiri Escobar, Elvira de la puente y representantes del ministerio, este anteproyecto incluye ahora entre sus líneas a los creadores artísticos que, hasta hoy, no son reconocidos dentro del marco legal. Rescatable es también que el documento ha de considerar cualquier prestación artística como una unión laboral que, obviamente, debe contemplar todos los beneficios del caso. Y para promover el desarrollo profesional de los artistas se ha de permitir que, gracias a su experiencia, y con solo dos semestres de estudio en un curso de complementación, consigan título profesional para, así, acceder a la docencia; es decir, a nuevas formas de trabajo.
¿Se están creando mecanismos de control para que, una vez aprobado el documento, la ley se cumpla?
Sí lo tenemos previsto. Sucede que una vez que se aprueba y se promulga, luego debe reglamentarse la ley que es cuando se especifican las sanciones e infracciones. Lo importante es entender que, una vez aprobada, todos en el sector debemos comprometernos para asegurarnos que así se cumpla la ley, que el artista mismo la haga validar; sólo así conseguiremos que sea beneficiosa.
¿Qué sucede con los grupos independientes, que se autogestionan, que están en el “circuito off”?
La ley lo que está brindado es un marco donde se garanticen los derechos del artista más allá de que estén de manera independiente o en grupo. Lo que sí es cierto es que una de las tareas pendientes en el marco de la ley es la profesionalización y la formalización para poder acceder a estos beneficios. Hay mucho trabajo aún en el sector para ir informando sobre algunos mecanismos que no sólo competen al Ministerio de Cultura y para ello vamos a ir generando más capacitaciones, asesorías para formalización y redes con otros involucrados. Pero si logramos que nivel nacional todo estemos convencidos de la importancia del arte y la cultura, las cosas van a ir acomodándose con prontitud.
En los últimos meses se han presentado casos de censura a algunas exposiciones, ¿de qué manera el Ministerio regula estos sucesos?
Creo que la libertad de expresión es algo que está en nuestra constitución. Con respecto a los mecanismos que hay ahorita, nosotros como Ministerio justamente lo que hacemos es fomentar el talento nacional, general mayores fondos y condiciones que hacen que el artista pueda desarrollarse y trabajando con las mejores condiciones para que contribuya en su propia sociedad. Y ese es un mecanismo para evitarla (la censura). Tenemos un Ministerio joven aún, recuérdenlo.
¿Se ha pensado en la figura del subsidio (dinero entregado por el estado) al arte tal como se hace en Buenos Aires, por ejemplo?
Sí claro, pero ese es un trabajo que requiere todo un marco legal para poder otorgar asignaciones directas a los artistas o a los grupos. De hecho, uno de los objetivos que tenemos es ir generando los mecanismos para hacer fondos concursables, y sobre todo ello estamos trabajando. Justamente, como lo dijo el ministro frente a la Comisión de Economía, nuestro presupuesto es insuficiente y sustentó por qué debía incrementarse. Pero en cualquier país al que vayas te van a decir que este es un camino largo pero lo tenemos en agenda, sin duda.
TIEMPO DE ESPERA
Si bien no hay fechas límites, se espera que el anteproyecto se presente a finales de febrero al Congreso de la República. Luego de los diversos mecanismos creados para recibir aportes en esta primera revisión del proyecto de ley, que buscó recoger sugerencias a nivel nacional gracias a diversas mesas de trabajo en Lima, Trujillo, Cusco, Tarapoto e Iquitos, estos deben sistematizarse. La comisión ya mencionada será la encargada de recibir el documento, afinarlo, dar la última validación antes de que el ministro Luis Peirano pueda presentarlo.
Es importante mencionar que existen otras leyes paralelas a esta, como la del cine o la de propiedad intelectual, que la complementan. También cabe la posibilidad de que el legislativo no apruebe la ley tal cual se presenta. El Ministerio, una vez la ley en el Congreso, tiene la labor de hacerle seguimiento para que “el proyecto no se maltrate mucho y se apruebe casi en su integridad”, como bien nos dice Henry Jordán, asesor legal del Ministerio.
Y, claro, tarea de nosotros es también conseguir que nuestra comunidad comprenda la importancia de impulsar el arte, que sientan tangiblemente cómo estos contribuyen de manera potente en la calidad de nuestras vidas.
PALABRA DE ARTISTA
Algunas opiniones de aquellos que se verían afectados por esta ley:
“Estaba claro que, al existir (por fin) un Ministerio de Cultura, apareciera sobre el tapete la ley del artista remasterizada. Es un avance. Ahora, ¿se cumplirá? Veo muy complicado que en un país con «la cultura a la deriva» se le dé un cauce adecuado a esta propuesta. Sin embargo, es urgente que, en los medios donde se contratan artistas, se pongan y cumplan reglas… Pero hay vacíos en tanto muchos artistas buscan intereses distintos a la «formalización» de sus estructuras de base creativas. Es sólo un primer paso. Luego habría que pensar cómo hacer con aquellas otras propuestas artísticas que en su organización no coinciden con el formato del sistema. ¡A nosotros -por ejemplo- no nos incluye como grupo de teatro autogestivo!”.
Diego La Hoz, director de teatro
«En el Perú, una buena cantidad de creadores independientes establecen relaciones con sus eventuales empleadores que raras veces pasan por la contratación o el acuerdo estipulado. Esto crea una serie de desregulaciones, una de las más severas es la presencia de la censura. Muchas veces se trata de censuras presionadas por la reacción de una minoría demasiado influyente o de una mayoría demasiado conservadora, que busca consolidar el cinismo en materia sexual, la intolerancia en materia religiosa y el totalitarismo en materia política. Creo que es necesario defender la creación de la censura en nuestro país (y en esto puede ser un campo de acción conjunta del Ministerio de Cultura y de la Defensoría del Pueblo), estableciendo definiciones claras de los actos que atentan contra la libre expresión así como sanciones para los mismos, a fin de crear una escena cultural con menos impunidad y con mayor apertura de opinión y de criterios.»
Emilio Tarazona, crítico de arte
“No se habla nada de los ilustradores, dibujantes de historietas y caricaturistas. Es decir, para mi país hacer historietas no es cultura, no existo ya que no se especifica claramente esta figura y eso puede generar contradicciones. Aquí se habla de artista plástico y esto es cuando se expone o cuando se plasman las obras en medios que sean puestos en una exposición o que se conviertan en expresión plástica, pero si yo solo edito en un periódico esa ley no me protege.”
Manu Mercado, ilustrador y dibujante de historietas
LEY N° 28131, LEY DEL ARTISTA LEY ACTUAL | PROPUESTA DEL ANTEPROYECTO DE NUEVA LEY |
Ámbito de la Ley | |
La ley vigente solo hace referencia a los artistas y trabajadores técnicos. | El proyecto de modificatoria introduce a los creadores artísticos, pero sólo para los aspectos referidos a seguridad social y el acceso a la docencia. |
Régimen Laboral | |
Se determina que la labor del artista es de carácter laboral cuando reúna las características de un contrato de trabajo. | Se entiende que toda prestación personal del artista frente al empleador se presume laboral. |
Propiedad Intelectual | |
Se establece la administración de los derechos conexos (es decir, anexo a los derechos de autor) de los artistas a cargo de las sociedades de gestión colectiva. | Se establece la posibilidad de recaudación de diversos derechos conexos de los artistas de manera conjunta entre las sociedades de gestión colectiva y de manera independiente por cada una de ellas. |
Protección Social Del Artista | |
Establece disposiciones generales sobre protección social. No contempla ninguna medida de protección para atender las necesidades de salud del sector artístico. | Se amplían las facultades al Fondo de Derechos Sociales del Artista, respecto a la administración de la aportación especial cobrada a los empresarios y productores de espectáculos públicos, para la atención en salud de los artistas, trabajadores técnicos y creadores artísticos, independientes. |
Creación de la Aportación de Naturaleza Especial para la protección en salud. | |
Profesionalización y Docencia | |
Establece un mecanismo disperso para acceder a la profesionalización para la docencia en el arte. | Se mejoran las condiciones para acceder al título profesional para la docencia en la especialidad artística (plazos, requisitos, etc.). |
Ente Rector para la aplicación | |
El Ente Rector para la aplicación es el Ministerio de Educación, y complementariamente el Ministerio de Trabajo, ESSALUD e INDECOPI. | El Ente Rector para la aplicación es el Ministerio de Cultura, y complementariamente Educación, Trabajo, ESSALUD e INDECOPI. |